Lo más terrible es
que esa cárcel, con capacidad para albergar 2000 reclusos, en la actualidad
tiene una población carcelaria de 8,500 internos, la mayoría de ellos viviendo
en un hacinamiento despiadado. Es algo conocido por todos pero la gente se
resiste siquiera a pensar en ello. Si ocurre una tragedia provocada por un
fenómeno natural, en seguida los dominicanos somos compasivos y solidarios,
pero esa tragedia, la realidad de las cárceles de nuestro país, es una tragedia
constante y permanente que al parecer no toca la sensibilidad que siempre nos
ha caracterizado. La mayoría de esos internos todavía no ha recibido una
sentencia condenatoria que los haga legalmente merecedores de cumplir condena,
pero allí pasan los días al lado de individuos condenados a veinte y treinta
años, que en lo último que piensan es en si algún día volverán a estar en la
calle. ¿Cómo es que nos mostramos tan indiferentes ante tanto dolor humano y
tanta injusticia? Así no somos los dominicanos.
Explicando las leyes para que el pueblo las entienda... comprenda sus deberes... y ejerza sus derechos.
Translate
jueves, 6 de noviembre de 2014
Cárcel La Victoria en El Informe con Alicia Ortega.
El lunes pasado, 3
de noviembre del 2014, el programa “el Informe” de Alicia Ortega, presentó un
reportaje especial grabado en la cárcel de la Victoria y allí pudimos ver como
muchos individuos se quejaban de tener descargos emitidos por el tribunal que
conoció sus casos, y ellos todavía siguen en prisión. Peor aún, algunos están
presos y no han sido conocidas sus causas en uno y dos años porque el sistema
no los lleva a los tribunales, a
sabiendas de que el hecho cometido por ellos conlleva una pena menor al tiempo
que llevan recluídos, pero ese es el precio a pagar por ser hijos de Machepa.
Presentaron hombres llorando, dominicanos presos que manifestaban sus miedos
ante las cámaras de El Informe, otros llenos de odio y sed de venganza que amenazaban
con desquitarse con los policías que los maltratan, cuando ellos estén de
regreso en la calle. Uno que hizo una denuncia en la mañana y en la tarde
mostró los hematomas sufridos por haber hecho la denuncia; papelitos enregados
a Alicia Ortega donde denunciaban a un tal capitán Castillo que tiene una especie
de pensión a su mando dentro del penal, donde los internos que tienen dinero pagan
más de treinta mil pesos mensuales por una cama, aunque el director de la
Victoria no estaba seguro de conocer al susodicho ¡Cosa tan rara! Algunos
hombres jóvenes inteligentes que imparten docencia en el penal mientras purgan
sus condenas, un pequeño grupo que puede hacer algunos cursos técnicos, y otros que tienen que vivir con sus pocas pertenencias
a cuestas el día entero hasta que llegue la noche y puedan tirarse en cualquier
lado del piso a ¿¡descansar!?. Hasta un asesinato ocurrió en presencia de
Alicia Ortega, un ajuste de cuenta contra un expolicía que supuestamente había
matado en la calle a un hermano y a algunos amigos del victimario. El expolicía
fue asesinado con una pistola que su compañero de infortunio había conseguido
cinco días antes con el propósito de llevar a cabo su venganza. El tipo relató
todo esto ante la cámara sin inmutarse sólo minutos después de haberle dado
seis tiros al expolicía.
miércoles, 5 de noviembre de 2014
Medidas de coerción en República Dominicana.
El término coerción
se define como: “Presión ejercida sobre alguien para forzar su voluntad o su
conducta”. Sinónimos de coerción son: restricción, inhibición, represión.
El uso de las palabras “medidas de coerción” se incrementó en la población dominicana a partir de la implementación del Código Procesal Penal en el año 2002 (Ley No. 76-02), aunque ya era usado por los abogados de manera cotidiana. Entre las medidas de coerción que dispone el C.P.P. están: la garantía económica (fianza), la presentación periódica por ante la autoridad que el juez disponga, la colocación de un dispositivo electrónico que permita saber donde se encuentra el imputado en todo tiempo, el arresto domiciliario, la obligación de someterse al cuidado de una persona o institución determinada que deberá rendir informes regulares al juez, la prohibición de salir del país o de una región específica y la prisión preventiva
Las medidas de coerción tienen por objeto asegurar que una persona imputada de la comisión de una infración legal esté disponible para el conocimiento del procedimiento judicial en su contra. Según nuestras leyes, la medida de coerción se aplica de manera excepcional. Esto quiere decir que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, tal como lo dice el C.P.P que agrega bajo cuales circunstancias procede la aplicación de una medida de coerción: cuando los elementos de prueba sean suficientes para presumir la culpabilidad del acusado, cuando exista peligro de fuga y cuando la infracción cometida conlleve una pena privativa de libertad. sin embargo en República Dominicana no ocurre de ese modo, las medidas de coerción prácticamente se aplican a discreción del juez y a solicitud del Ministerio Público, aún cuando no hay peligro de fuga o aún en casos en que estos tres elementos no están presentes al mismo tiempo.
En ocasiones puede verse en la televisión a los familiares de una víctima mostrar su inconformidad porque la medida de coerción aplicada fue prisión preventiva por tres meses cuando ellos querían que fuera por un año. Eso es debido a la ignorancia de las leyes, puesto que en los casos en que una persona es arrestada en el lugar de los hechos y todos los elementos de prueba indican que dicha persona realmente cometió la infracción, entonces conviene a los familiares y a la víctima que se conozca el caso lo antes posible para que el tribunal evacúe una sentencia definitiva en un breve espacio de tiempo y la pesadilla de estar involucrado en casos judiciales termine pronto. Por el contrario, cuando el caso presenta muchas lagunas y amerita una investigación más detallada y profunda, entonces sí es prudente que el juez ordene prisión preventiva por seis meses o un año, de ese modo el Ministerio Público podrá cumplir su trabajo a cabalidad y con el tiempo suficiente.
Cualquier duda o pregunta pueden formularla por este medio o escribiendo al correo electrónico: idlsantodomingo@hotmail.com. Con gusto aclararemos sus interrogantes.
El uso de las palabras “medidas de coerción” se incrementó en la población dominicana a partir de la implementación del Código Procesal Penal en el año 2002 (Ley No. 76-02), aunque ya era usado por los abogados de manera cotidiana. Entre las medidas de coerción que dispone el C.P.P. están: la garantía económica (fianza), la presentación periódica por ante la autoridad que el juez disponga, la colocación de un dispositivo electrónico que permita saber donde se encuentra el imputado en todo tiempo, el arresto domiciliario, la obligación de someterse al cuidado de una persona o institución determinada que deberá rendir informes regulares al juez, la prohibición de salir del país o de una región específica y la prisión preventiva
Las medidas de coerción tienen por objeto asegurar que una persona imputada de la comisión de una infración legal esté disponible para el conocimiento del procedimiento judicial en su contra. Según nuestras leyes, la medida de coerción se aplica de manera excepcional. Esto quiere decir que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, tal como lo dice el C.P.P que agrega bajo cuales circunstancias procede la aplicación de una medida de coerción: cuando los elementos de prueba sean suficientes para presumir la culpabilidad del acusado, cuando exista peligro de fuga y cuando la infracción cometida conlleve una pena privativa de libertad. sin embargo en República Dominicana no ocurre de ese modo, las medidas de coerción prácticamente se aplican a discreción del juez y a solicitud del Ministerio Público, aún cuando no hay peligro de fuga o aún en casos en que estos tres elementos no están presentes al mismo tiempo.
En ocasiones puede verse en la televisión a los familiares de una víctima mostrar su inconformidad porque la medida de coerción aplicada fue prisión preventiva por tres meses cuando ellos querían que fuera por un año. Eso es debido a la ignorancia de las leyes, puesto que en los casos en que una persona es arrestada en el lugar de los hechos y todos los elementos de prueba indican que dicha persona realmente cometió la infracción, entonces conviene a los familiares y a la víctima que se conozca el caso lo antes posible para que el tribunal evacúe una sentencia definitiva en un breve espacio de tiempo y la pesadilla de estar involucrado en casos judiciales termine pronto. Por el contrario, cuando el caso presenta muchas lagunas y amerita una investigación más detallada y profunda, entonces sí es prudente que el juez ordene prisión preventiva por seis meses o un año, de ese modo el Ministerio Público podrá cumplir su trabajo a cabalidad y con el tiempo suficiente.
Cualquier duda o pregunta pueden formularla por este medio o escribiendo al correo electrónico: idlsantodomingo@hotmail.com. Con gusto aclararemos sus interrogantes.
viernes, 23 de mayo de 2014
Antes de comprar su casa, terreno o local comercial.
Comprar una propiedad puede
resultar un procedimiento sencillo siempre y cuando usted se haga asesorar de
un abogado. En todo caso siempre será mejor que el abogado esté involucrado en
todos y cada uno de los pasos que usted dé al momento de decidirse a comprar
dicha propiedad. Ya sea una vivienda, un terreno, un local comercial o un
negocio, en cualquier caso hay que tomar en cuenta que estos son asuntos
delicados y que no pueden ser tomados a la ligera. Los fraudes inmobiliarios
son muy comunes hoy en día y vale la pena proteger nuestra inversión asistiéndonos
con profesionales del plano legal.
Una vez usted ha identificado la
propiedad que desea adquirir, y ha conversado con su propietario o su
representante legal, solicítele una copia del título de propiedad que le
servirá para verificar el estatus del inmueble. Lo más recomendable es que
acuda a la Jurisdicción inmobiliaria a depurarla. Puede hacer turno en la Sala
de consultas de dicha institución y allí le informarán si dicho título está
verdaderamente registrado y toda la información que contiene es correcta o si
por el contrario existe cualquier irregularidad, las cuales pueden ser fruto de
descuido, negligencia o algún acto fraudulento. Si todo está correcto y en
orden, su representante legal deberá solicitar una certificación de cargas y
gravámenes, esto no es más que un certificado expedido por el Registrador de
títulos en el cual consta que dicho inmueble no posee hipotecas, préstamos o cualquier otra deuda que el
propietario haya o no comunicado a usted y que pudiera entorpecer el
procedimiento de transferencia de la propiedad a su nombre.
El siguiente paso sería indagar
acerca de los impuestos de transferencia. Se acude a la Dirección General de
Impuestos Internos, al departamento de tasaciones, allí le informarán cual es
el avalúo de dicha propiedad, esto es el precio bajo el cual está registrado en
esa dependencia estatal. Con esto usted sabrá cuanto tendrá que pagar para
completar la transferencia a su nombre y, en los casos que la propiedad se esté
vendiendo desde un acto de venta cuya transferencia no se ha concretizado,
también sabrá cual será el monto final que usted deberá pagar. Aunque algunos
vendedores suministran la información de las cargas y gravámenes y la de la
tasa de transferencia, en mi opinión es más confiable si el comprador realiza
dichos trámites para estar seguro de que está haciéndolo todo correctamente. En
estos asuntos uno no puede andar descuidándose.
Casi siempre el vendedor de un
inmueble se hace acompañar por un abogado, aún así, aconsejo a los compradores
que también se asistan de un representante legal para asegurarse que se
observen todas las formalidades. El contrato de venta del inmueble deberá ser
notarizado al momento de la concretización del negocio. Es aconsejable que el
comprador registre dicho contrato tan pronto culmine la transacción, acudiendo
a la D.G.I.I. hágalo aún si no pretende o no puede pagar la transferencia a su
nombre inmediatamente, esto le ahorrará tiempo y simplificará el procedimiento
en cuestión.
En otro escrito les hablaré de los documentos que avalan la titularidad
de las propiedades inmobiliarias, sus diferencias y puntos a tomar en cuenta
sobre ese tema.
martes, 15 de abril de 2014
Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. E.I.R.L.
Las leyes dominicanas permiten a
una persona constituir una empresa de un solo dueño. En estos casos la persona
deberá cumplir los siguientes reqisitos para dejar formalizada la matriculación
de su compañía por ante la Cámara de comercio y Producción de Santo Domingo.
lista de 7 elementos
1. Formulario
de solicitud de Registro Mercantil de Empresas Individuales de Responsabilidad
Limitada, debidamente completado a máquina o computadora y firmado.
por la persona autorizada o por
gestor apoderado, debiendo anexar copia del poder de representación.
2Acto Auténtico o Acto Bajo Firma
Privada legalizado por un Notario Público, verificar domicilio social que sea
competencia de la CCPSD.
3. Comprobante de la entidad
bancaria del depósito del aporte en dinero a favor de la empresa en formación.
4. Fotocopia de la cédula de
identidad y electoral, si es dominicano, y de pasaporte, cédula de identidad de
extranjero u otro documento de identidad con foto válida en el país de origen,
del propietario y gerente.
5. Copia del Registro de Nombre
Comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), si
lo hubiere.
6 Informe del Comisario de
Aportes, si aplica.
7. Declaración Jurada sobre
aportes en naturaleza, si aplica.
sábado, 12 de abril de 2014
Razones para registrar su nombre comercial.
A menudo escuchamos casos de
personas que son dueñas de negocios desde hace muchos años y cuando pretenden
constituir su compañía se encuentran con la sorpresa de que su nombre
comercial, el mismo que han utilizado por años, posee otro dueño. Pasa con más
frecuencia de lo que la gente imagina.
A veces es pura coincidencia,
otras veces es obra de oportunistas que saben de la existencia de ese negocio
en particular, indagan que dicho nombre no está registrado y acuden a la
Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a registrarlo, solo con el
fin de luego venderlo a quien lo ha venido utilizando por años. Cuando eso
sucede, el dueño del negocio en cuestión tiene dos opciones: la primera es
comprar dicho nombre al precio que quiera vendérselo quien lo tiene registrado;
o, sencillamente elegir un nuevo nombre y registrarlo antes que le ocurra lo
mismo que con el nombre anterior.
Es por eso que, aunque usted no
esté listo para iniciar la constitución de su compañía, sí debe usted registrar
su nombre comercial, porque de lo contrario está corriendo el riesgo de crear
una buena reputación y reconocimiento comercial que después no podrá
aprovechar. Así que busque un abogado de su confianza e inicie el proceso de
registrar su nombre comercial. Esa es una sabia decisión.
La ventaja de ser su propio jefe o jefa.
Una de las mejores decisiones que
una persona puede tomar es la de crear su propia compañía. La ventaja de
dedicarse a un negocio propio es que usted dispone de su tiempo, puede crecer y
llegar a tener mayores beneficios que los que un patrón le paga, contribuye
directamente al crecimiento económico y organizacional de su país, adquiere
mayor sentido de responsabilidad, sus ganancias están proporcionalmente
relacionadas a su esfuerzo ytiempo de trabajo, puede generar empleos para otras
personas, adquiere conocimientos en distintos aspectos de la vida diaria, crea
nuevas relaciones sociales y comerciales, su crecimiento personal y comercial
tiene el límite que usted decida ponerle, y en definitiva, la percepción que
usted va creando acerca de su persona, tanto para usted mismo como para los
demás, le hace sentir con mayor dignidad y amor propio que estando limitado a
recibir órdenes toda su vida. Recuerde que siendo empleado, por bueno que sea,
lo único seguro que tiene es la puerta abierta para ser despedido cuando su jefe
así lo quiera.
Si desea ser empresario o empresaria...
El mundo de los negocios está
abierto a todos. Algunos cren que requiere una habilidad extraordinaria o ser
heredero de una gran fortuna para llegar a ser un próspero empresario, eso no
es verdad. Lo que sí requiere es disciplina y dedicación, como todas las cosas
de la vida. También hay otro asunto, la persona debe tener vocación. Es decir,
debe sentirse atraído por los negocios, gustarle ese tipo de actividad y
ambiente comercial, de lo contrario probablemente terminará aburriéndose y
perdiendo su tiempo.
Antes siquiera de pensar en
constituir una empresa aclaremos unos cuantos aspectos sobre este tema. Ser
empresario no solo significa ser dueño de una fábrica de automóviles o de una
empresa constructora de edificios. Esos son patronos o grandes empresarios. La
realidad es que un empresario es cualquier persona que dedica su tiempo a una
empresa, a un negocio, a cualquier actividad comercial constante y productiva.
Si usted hace bollitos de yuca y los coloca a la venta al público, desde el
momento en que usted decide organizar ese oficio ya va adquiriendo la calidad
de pequeño empresario o empresaria. Lo importante es que haya la intención de
explotar una actividad comercial. Casi todos poseemos una habilidad, destreza o
conocimiento que puede ser explotada por nosotros mismos a los fines de obtener
beneficios económicos y poder dedicarnos a dicha actividad. A veces es solo
cuestión de meditarlo un poco, buscar asesoría y decidirnos a independizarnos.
Muchas veces ni siquiera hace falta que usted renuncie inmediatamente a su
empleo antes de incursionar en su nueva empresa, conozco personas que
realizaban labores en su tiempo libre y poco a poco fueron creando un capital y
lazos comerciales suficientes para sentirse seguros de lanzarse. Como dije
antes es cuestión de disciplina y dedicación.
Una cosa hay que tener bien
clara. La razón principal por la cual se debilitaron las grandes monarquías fue
el nacimiento y desarrollo de los empresarios o burgueses que decidieron ser
independientes y generar sus propios ingresos. Quizás sea hora de que usted
tome en serio el convertirse en empresario.
viernes, 11 de abril de 2014
Plenitud jurídica de la vida en sociedad.
Aquel suceso resultaba bastante
exptraño en realidad. Por tercera ocasión consecutiva asistía al mismo salón de
clases y todavía no veía al profesor encargado de impartir la asignatura de
sociología jurídica que allí debía recibir. Como no conocía a ninguno de mis
compañeros de clases y apenas había compartido una o dos secciones con algunos
de ellos, pude dedicar mi tiempo a la lectura. En esas estaba, cuando uno de mis
compañeros expresó: “Esto me da muy mala espina”. Todos miramos hacia el muchacho,
quien parecía estar preparado para nuestras interrogantes miradas. Prosiguió su
improvisado discurso, casi en tono de queja, se mostraba, como decimos en
Dominicana, “chivo”, con aquella situación. La inasistencia del profesor no era
común puesto que, como todos sabíamos, existía un plazo de dos semanas
concedido por la universidad para aquellos que por cualquier circunstancia
desearan cambiar el horario de la asignatura elegida o incluso retirarla sin
poner en riesgo su índice académico. El joven decía: “Si hoy no llega este
profesor nos veremos precisados a unirnos y acudir por ante la rectoría para
que nos permitan cambiar de sección…”. Fue en aquel instante cuando entró al
aula un personaje verdaderamente pintoresco. Se trataba de un señor de edad
madura y baja estatura, caminaba con garbo y mucha gracia, como si estuviera
consciente de que el mundo le pertenecía. Su piel bronceada evidenciaba el
hecho de estar sometido constantemente a la luz solar, posiblemente se
ejercitaba en las mañanas o simplemente gustaba de caminar entre las facultades
de la universidad a todas horas. Su sonrisa lucía dibujada eternamente en su
rostro, parecía un niño pícaro, de esos que gustan de hacer muchas travesuras,
y sus ojos hacían el coro perfecto a aquella sonrisa tan gozosa. Su calva
brillante constrastaba con lo opaco de su disminuída cabellera, pero todos esos
detalles sucumbían ante la realidad más tangible de toda su figura… el hombre
disfrutaba de su propia existencia.
Por un instante quedó todo en
silencio, algunos de mis compañeros se miraban atónitos entre ellos, como si no
quisieran creer lo que estaba sucediendo. El recién llegado rompió el hielo: “Buenas
tardes jóvenes… soy el profesor de sociología jurídica y esta es mi sección”.
Nunca había sido testigo del efecto dominó que las palabras pueden producir en
personas que se encuentran en estado pasivo, al menos no del modo en que
aquello sucedió. El primero en reaccionar fue el joven que antes había
expresado su disgusto y extrañeza, “Sabía que algo andaba mal”, Fueron sus
palabras, pronunciadas mientras se ponía de pie, recogía sus cuadernos y
caminaba apresuradamente hacia la puerta para abandonar aquel salón de clases
sin mirar atrás ni despedirse. La actitud del joven fue imitada por otros
estudiantes que casi formaron una estampida con la premura por ellos exhibida
al abandonar el aula. De cerca de los treinta estudiantes que estábamos allí al
principio al menos once dejaron sus butacas vacías y no faltó uno que otro que
balbuceara maldiciones por lo bajo. Desde mi asiento permanecí atento, sin
tratar siquiera de entender lo que sucedía. Era obvio que aquellos compañeros
sabían algo que yo ignoraba, pero también era más que obvio que ese algo no era
un secreto sino que pronto todos sabríamos de que se trataba.
El profesor miró sin dejar de sonreír
a los estudiantes que salían presurosos del salón. Cualquiera diría que estaba
complacido de aquella reacción en cadena que su presencia había provocado. Procedió
a identificarse: “Soy Danilo Clime… para los que no me conocen”. No bien hubo
terminado aquella frase cuando otro grupo de estudiantes comenzó a ponerse de
pie en ese instante. El profesor siguió riendo, entonces más que complacido,
parecía sentirse halagado con todo lo que sus palabras provocaban. Quedábamos
catorce estudiantes en el salón, los conté quizás como una forma de guardar los
detalles del expraño acontecimiento del cual era testigo presencial.
El profesor volvió a dirigirse a
nosotros con aire risueño mientras hacía rodar una butaca hacia él y la
colocaba a su lado: “Jóvenes, ¿Qué tiene esta silla de jurídico?”.
Es posible que el aire risueño y
tranquilo que nuestro profesor ostentaba fuera contagioso, a lo mejor estaba yo
ante el encuentro de un antiguo amigo de otras vidas pasadas y mi espíritu lo
había reconocido, en verdad no lo sé. Lo que sí sé es que cuando otros tres
estudiantes recogieron sus libros y salieron del aula no tuve más remedio que
encontrar gracioso todo aquello. De repente estaba todo claro, aquel pintoresco
personaje era el famoso profesor Danilo Clime de quien todos decían era
imposible aprobar ni un solo de sus exámenes. No era un hecho fortuito el que
Clime no hubiera asistido a sus primeras dos semanas de clases, esa era su
costumbre. Lo hacía para impedir, en cierto modo, que los estudiantes tuvieran
la oportunidad de cambiar de sección, dentro del plazo que la universidad permitía,
y se vieran precisados a tomar con él sus asignaturas. Clime, como todos los
que le conocían lo llamaban, era, a juicio de muchos, uno de esos “cedazos” especiales
que tenía la universidad para que los estudiantes no se graduaran tan
fácilmente. Todo estaba ahora más que claro.
Miré a mi alrededor para
comprobar visualmente lo que ya intuía. Sí, algunos de los que se habían
quedado en el salón no tenían la menor idea de lo que sucedía y miraban a los
demás buscando infructuosamente alguna respuesta a sus incógnitas. El profesor
volvió a preguntar: “¿Qué tiene de jurídico esta silla?”.
Siempre me han encantado los
retos, sobre todo retos en los que la materia gris interviene, por eso sonreí
complacido ante la actitud desafiante de mi nuevo profesor, actitud que se
mostraba más dominante a cada segundo que la clase permanecía en silencio.
Levanté mi mano para solicitar la oportunidad de contestar. Clime casi da un
brinco de complacencia y regocijo al ver mi mano en el aire. Era como si estuviera
preparado para disfrutar de la respuesta, cualquiera que fuera, o quizás
pensaba que alguien más quería abandonar su clase. Lo que él no sabía era que
yo también me sentía complacido de que él fuera mi profesor, quería comprobar si
el león en verdad era tan fiero como lo pintaban o simplemente los pintores de
aquel famoso cuadro exageraban. “Dígame joven, ¿Sabe usted que tiene esta silla
de jurídico?”.
Era la tercera vez que formulaba
su pregunta. Parecía estar listo para cualquier cosa que saliera de mi boca,
pero no lo estaba. “Todo profesor, todo en ella es jurídico”, fue mi respuesta.
Adopté sus reglas de juego, todos los deportistas pensantes sabemos hacerlo,
hice exactamente lo que él hacía, le di una respuesta en sentido amplio que
dejaba traslucir cierta ambigüedad en su contenido. Quería indagar cuánto de su
pregunta rondaba el ámbito del discurrir espontáneo o si todo él era solo un
guión repetido y ensayado. Clime amplió aún más el margen de su sonrisa, se
estaba divirtiendo y le agradaba que todos lo supieran. Volvió a dirigirse a mi
persona: “Explíquese joven”. Sí, era un sabueso experimentado. Sabía evadir los
“ganchos” como el más hábil de los toreros. Aún así pude ver cierta
interrogante en su mirada, él también quería saber si yo sabía lo que acababa
de hacer o era solo suerte de principiante. Escudriñó mis ojos mientras le
contestaba: “Es sencillo profesor, desde el mismo momento en que se inició la
tala de los árboles de los cuales tomaron la madera para construir la silla,
tenía que existir un permiso de las autoridades para llevar a cabo tal acción y
por lo tanto eso es un acto jurídico; la empresa que construyó la silla debe
poseer personalidad jurídica o de lo contrario la universidad no la hubiera
contactado; el recibo de pago con el cual quedó avalada la compra de esa silla
de parte de la universidad es un documento jurídico…”. En ese instante me
interrumpió para expresarse, siempre sin dejar de sonreír: “Sí, efectivamente,
no está mal… Hasta el camión en que trajeron esta silla debió haber tenido en
orden sus documentos legales para poder transitar por nuestras calles y
avenidas”. El profesor dio media vuelta y se dirigió a su escritorio. Tomó
asiento y, antes de seguir con su clase, me preguntó mi nombre, le respondí y,
acto seguido, volvió a retomar su tema original. Nos aseguró que todo en la
vida tiene sin excepción algo de jurídico, pues aún lo ilegal entra en el grupo
de lo clasificado como “infracciones a las leyes”, y por lo tanto también posee
un aspecto jurídico.
Es así, contrario a lo que las personas comunes y corrientes pueden
pensar, lo jurídico no es algo que atañe solamente a los jueces y abogados. Más
bien, es algo que pertenece a todo ser vivo y a todos y cada uno de los objetos
que componen cualquier sociedad. Clime es un verdadero maestro y, más que aprender,
disfruté mucho aquella clase de sociología jurídica. Si hoy traigo esta
anécdota a colación es simplemente porque quiero decirle a todos que lo
jurídico no es algo frío que se encuentra en los códigos legales. Lo jurídico
es parte de nuestras vidas, parte de nuestra cotidianidad. Tenemos que
involucrarnos más en los procedimientos mediante los cuales son creadas e
implementadas las normas que rigen nuestra sociedad.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)