Doctrina Legal Dominicana.
Explicando las leyes para que el pueblo las entienda... comprenda sus deberes... y ejerza sus derechos.
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sábado, 12 de septiembre de 2020
Paternidad: reconocimiento y desconocimiento.
martes, 19 de mayo de 2020
El divorcio en República Dominicana.
domingo, 29 de enero de 2017
Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).
Es sumamente importante que los quisqueyanos intervengamos directamente en la forma en que invertimos nuestro patrimonio como nación y velemos porque nuestros empleados, los funcionarios gubernamentales a quienes les pagamos con nuestro dinero, realicen sus labores de forma íntegra, diáfana y pulcra. Si entienden que un servidor público o funcionario del gobierno de cualquier categoría o jerarquía no está cumpliendo con su deber, denuncie de manera escrita y detallada los hechos que avalen sus argumentos y deposítelos en la DIGEIG. Siempre lleve una copia del documento a depositar y solicite que se lo sellen y firmen como recibidos en la institución, con letra clara y legible que señale la fecha en que la denuncia fue depositada. Dicha denuncia servirá de elemento de prueba si nos vemos en la necesidad de acudir a la justicia a exigir sanciones contra los culpables. La simple presunción debe ser suficiente para que sea iniciada una investigación y no hay mejor remedio contra la corrupción que la prevención. La DIGEIG está ubicada en la calle Moisés García No. 9 esquina calle Manuel de Jesús Galván, ensanche Gazcue. Santo Domingo, D.N. Teléfono 809-685-7135.
¿Qué ES LA DIGEIG?
Es el organismo estatal encargado de velar por el cumplimiento estricto de las normas éticas dentro de las diferentes instituciones del gobierno dominicano en toda la geografía nacional, alcanzando también todos los escenarios internacionales en que accionen los servidores públicos y funcionarios gubernamentales encomendados por el gobierno dominicano. Entre sus funciones se encuentran aspectos tan relevantes como: la transparencia, conflictos de intereses, la corrupción gubernamental, el libre acceso a la información, entre otros.
MISIÓN.
Ser el órgano rector en materia de ética, transparencia, y acceso a la información, fomentando una conducta íntegra de los servicios públicos, mediante la supervisión del cumplimiento de leyes y políticas de prevención de la corrupción que contribuyan al fortalecimiento del sistema democrático y garantizar los derechos de los ciudadanos a través de una cultura de gobierno abierto.
VISIÓN.
La Digeig busca Posicionarse como órgano rector en temas de prevención e investigación de posibles actos de corrupción en el Estado Dominicano, impulsando la ética y transparencia a través de la promoción de un comportamiento íntegro por parte de los servidores públicos.
BASE LEGAL DE LA DIGEIG.
El decreto 486-12 emitido por el presidente de la República ,Lic. Danilo Medina.
NORMATIVA.
Además del decreto 486-12, mediante el cual fue creada la Digeig, dicha institución está directamente vinculada a: la Constitución Nacional de la República Dominicana. Convención Interamericana contra la Corrupción de la OEA, Convención de la Organización de las Naciones Unidas contra la Corrupción; Ley No. 41-08; Ley No. 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública y su Reglamentación; Código Penal Dominicano; todas y cada una de las resoluciones y reglamentos internos que dentro de cada estamento gubernamental dirija, rija y sancione la conducta ética de los empleados y funcionarios del Estado dominicano.
ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN.
El personal humano de la DIGEIG está conformado por profesionales de las áreas de: derecho, ética, administración de empresas, comunicación y otras áreas, así como POR un variado personal que cumple funciones afines con los propósitos de la institución.
Su estructura funcional se divide en: una Dirección General; una Dirección Ejecutiva; cuatro áreas sustantivas; una estructura de apoyo; y una oficina Regional en Santiago.
Internamente se subdivide en :
a) Departamento de Promoción de Ética e Integridad; b) Departamento de Transparencia Gubernamental; C.
Departamento de Acceso a la Información Pública; d) Departamento de Investigación y Seguimiento; e) Oficina Regional Norte con asiento en Santiago; f) Equipo de apoyo de las oficinas sede y regional.
Ejerce tus derechos, protege tu patrimonio y defiende el resultado de tu trabajo diario: denuncia la corrupción gubernamental.
martes, 10 de enero de 2017
Atentos con Amazon y su membresía "Prime".
Si decides utilizar los servicios de Amazon para aprovechar las ofertas comerciales que aparecen en internet, lo más aconsejable es que tomes ciertas precauciones al respecto, sobre todo si te ofrecen una prueba sin cargos o "free trial" de lo que supuestamente representa una entrega de tus pedidos en forma extra rápida y sin cargo de envíos. La membresía Prime exime durante un año a los usuarios de Amazon del pago de envío y manejo de mercancías ordenadas a través de ellos. Al aceptar la prueba gratis por un mes que te ofrecen también debes tener en cuenta el ajustar las condiciones de tu membresía y si no quieres el servicio Prime, deberás indicar a la empresa que no te incluya en el mismo, porque en caso de que no lo hagas, Amazon te incluirá en su lista de clientes con membresía Prime y te hará un cargo de ciento un dólares por concepto de un año del uso de la misma. Esto lo hacen sin volver a consultarte, en el entendido que luego del mes gratis has aceptado dicho servicio que también incluye la descarga de los libros y películas que Amazon tiene dentro de su catálogo. La verdad es que, aunque el servicio que ellos ofrecen puede representar ventajas palpables para aquellos que necesiten importar mercancías a menudo utilizando esa plataforma virtual, principalmente para quienes residen en los Estados Unidos o Canadá, para República Dominicana y otros países latinoamericanos sólo sería útil para descargar libros o música, porque muchos de los vendedores que encontramos en Amazon no envían a República Dominicana ni fuera de Norteamérica y, aún si todos lo hicieran, la efectividad del servicio dependería de que el correo fuera tan efectivo y confiable como el de los Estados Unidos, que usualmente entrega la correspondencia en un plazo de dos o tres días sin otro cargo adicional que el correspondiente al peso del paquete enviado. Entonces, tampoco debe confundirse el envío gratis ni la supuesta rapidez del mismo si se utiliza una cuenta de mensajería privada o courrier, como los que muchos dominicanos usamos, porque dicha empresa de mensajería como quiera te va a cobrar por sus servicios y se tomarán el mismo tiempo de siempre, que por lo regular es bastante rápido, independientemente de que tengas una Prime membership con Amazon o un servicio homólogo con cualquier otro proveedor de servicios de compra en internet. Aunque si te das cuenta a tiempo del cargo que han hecho a tu tarjeta de crédito podrás anular la inscripción y solicitar el reembolso de los ciento un dólares a tu cuenta, aún así, si utilizas los servicios opcionales antes de cancelar la membresía, Amazon te aplicará los cargos correspondientes y si tu tarjeta llega a la fecha de corte sin que hayas tomado la precaución sobre este tema, entonces será tu banco el que te cobre los intereses vencidos. Una vez te des cuenta del cargo de los cien dólares, ciento uno para ser exacto, procederás a cancelar dicho servicio en la página de Amazon, ellos te informarán que reembolsarán el dinero dentro de un plazo de dos días laborables, lo cual cumplen con cierta precisión, y te enviarán un correo informándote sobre la cancelación de la cuenta y el consecuente reembolso. Al recibir dicho correo electrónico, debes contactar al banco con el cual tienes la tarjeta de crédito o débito que utilizaste en la mencionada operación e informarles a ellos acerca de lo ocurrido y también enviarles el correo que Amazon te envió para que ellos acrediten a tu tarjeta el monto reembolsado. Si no lo haces de este modo, corres el riesgo de que dicho monto quede en estado reservado con relación a tu tarjeta y aparecerá en tu cuenta como si consumiste los ciento un dólares. El estado reservado tarda veintidós días para que se caiga por sí mismo y el dinero aparezca de nuevo disponible en tu cuenta, si en ese lapso llega la fecha límite de pago, pues el banco te cargará el cinco o siete por ciento, según la política de cada banco, correspondiente al consumo generado que no fue pagado a tiempo. El inscribir a un usuario sin su consentimiento explícito representa una forma sutil de abuso de confianza, lo ideal sería que el usuario especificara que está de acuerdo con dicha inscripción una vez finalizado el periodo de prueba. Lo más aconsejable es que seas precavido con todas las operaciones de compra y envío de dinero que realizas en la web, que lo hagas con calma y sin nada de prisa, porque aún en los casos en que te devuelvan el dinero, te expones a ciertos cargos indeseados y no tienes muchos recursos legales para solicitar una indemnización sobre el particular, porque ellos pueden demostrar que en algún lugar de su página web está indicado que tenías la opción de impedir dicha inscripción, a pesar de no haberte informado debidamente que lo harían de ese modo. De cualquier manera, los servicios de un abogado para reclamar cargos menores de cien dólares salen más caros que esa suma. Lo mejor es prevenir y tomar las precauciones pertinentes. Ahora estás enterado.
Consultas con Abogados dominicanos: tel. (809) 310-1234.
domingo, 27 de noviembre de 2016
Pasaporte dominicano; vigencia, costo y procedimiento.
La Dirección General de Pasaportes es el organismo encargado de emitir las libretas de pasaportes a los ciudadanos dominicanos. Los impuestos a pagar por este servicio varían de acuerdo a ciertas prerrogativas: El procedimiento normal tarda seis días para que la libreta sea entregada al solicitante, y mediante el procedimiento V.I.P. entregan el pasaporte en tres horas si deposita antes del mediodía y si lo hace luego de esa hora se entrega al día siguiente, aunque en los casos en que se trate de una primera emisión el V.I.P. tardará tres días, tanto para menores como para adultos. en el caso de los pasaportes para un menor de edad, si se solicita del modo normal, el impuesto a pagar, sea una primera emisión o una renovación, es de mil ochocientos cincuenta (R.D.$ 1,850.00); y vía V.I.P. cuesta dos mil ochocientos cincuenta pesos (R.D.$ 2,850.00).
A partir de los catorce años el menor aplica para un pasaporte con diez años de duración, el mismo pagará cinco mil trescientos pesos (R.D.$ 5,300.00) y será entregado de manera inmediata. Antes de los catorce años de edad el menor sólo aplica para el pasaporte con vigencia de seis años.
Los pasaportes de adultos, sean de primera emisión o para renovar, pagarán el impuesto también de acuerdo al tiempo de vigencia solicitado y a la premura con que se requiera su entrega: si lo solicita por seis años de vigencia, procedimiento normal, pagará mil seiscientos cincuenta(R.D.$ 1,650.00); y el V.I.P. pagará dos mil seiscientos cincuenta(R.D.$ 2,650.00).
Si el pasaporte es solicitado Por diez años, el procedimiento cuenta con la entrega inmediata del mismo, dicho procedimiento sólo se realiza en la oficina principal del Centro de los Héroes y paga impuestos por valor de cinco mil trescientos pesos (R.D.$ 5,300.00).
En los casos en que los datos personales del interesado no aparezcan en el sistema biométrico de la D.G.P. el solicitante deberá llevar un acta de nacimiento legalizada, la misma le será devuelta al momento de recoger el pasaporte. La fotografía para el pasaporte la toman en las oficinas de la Dirección General de Pasaportes y tiene un costo de doscientos pesos (R.D.$ 200.00).
Un punto a tomar en cuenta es que las renovaciones solicitadas por pérdida de libreta tienen un costo adicional, la primera pérdida es dos mil seiscientos cincuenta (R.D.$ 2,650.00). el proceso normal y el V.I.P. es tres mil seiscientos cincuenta (R.D.$ 3,650.00); la libreta de diez años de vigencia paga seis mil trescientos cincuenta (R.D.$ 6,350.00); el ciudadano debe reportar el pasaporte perdido en la Policía Nacional y llevar el certificado de pérdida a la D.G.P. La segunda renovación por pérdida costará cuatro mil seiscientos cincuenta (R.D.$ 4,650.00) si el proceso es normal y seis mil seiscientos cincuenta (R.D.$ 6,650.00) si es el V.I.P. La tercera pérdida aumentará el pago de impuestos en dos mil pesos y en ese mismo orden para pérdidas sucesivas.
Los impuestos para las solicitudes de pasaportes deberán pagarse en las oficinas del Banco de Reservas de la República Dominicana. Si el pasaporte a renovar es biométrico, libreta color negro, bastará con llevar los impuestos pagados, la libreta vencida y la cédula de identidad y electoral para solicitar la renovación. Las libretas de color rojo, que no tienen los datos biométricos del titular, deberán añadir un acta de nacimiento original legalizada. El acta de nacimiento requerida en la D.G.P. es la que trae el número de evento en la parte superior derecha, debajo del código de barras. Si tiene usted pensado viajar en el futuro, aunque todavía no sepa la fecha precisa, lo mejor es que verifique con tiempo si su pasaporte está al día y en caso contrario, pues actualice su libreta con tiempo y con tranquilidad. No lo deje para el último minuto.
viernes, 8 de abril de 2016
Mossack Fonseca y los Papeles de Panamá.
miércoles, 8 de abril de 2015
El papel del investigador.
martes, 24 de marzo de 2015
Tricom discrimina a sus clientes antiguos.
viernes, 9 de enero de 2015
Certificación de No Antecedentes Penales.
La Certificación de no Antecedentes Penales, es el documento que demuestra que un ciudadano no tiene causas judiciales pendientes en los tribunales de la República Dominicana. La Procuraduría General de la República es el organismo encargado de emitir dicho documento. El ciudadano interesado en adquirirlo debe dirirgirse con su cédula de identidad a una oficina comercial del Banco de Reservas y hacer efectivo el pago de los impuestos correspondientes: R.D.$500.00 (Quinientos pesos dominicanos), luego se dirige a una de las oficinas de atención al ciudadano que la Procuraduría tiene para estos fines y hace la solicitud depositando allí el recibo de los impuestos y la copia de la cédula de identidad. Este trámite se hace el mismo día, siempre y cuando el solicitante tenga su situación en orden en lo referente a la justicia penal dominicana. En caso contrario, el personal del centro de atención le indicará al ciudadano acerca de cualquier anomalía y lo que debe hacer para corregirla.
Los centros de atención ciudadana de la Procuraduría General de la República están ubicados en: Gazcue, edificio Malecón Center, avenida George Washington, Santo Domingo, D.N.;Sector Herrera: avenida Isabel Aguiar esquina avenida Las Palmas, Municipio Santo Domingo Oeste; Megacentro, avenida San Vicente de Paúl esquina Carretera Mella, Municipio Santo Domingo Este.jueves, 6 de noviembre de 2014
Cárcel La Victoria en El Informe con Alicia Ortega.
miércoles, 5 de noviembre de 2014
Medidas de coerción en República Dominicana.
El uso de las palabras “medidas de coerción” se incrementó en la población dominicana a partir de la implementación del Código Procesal Penal en el año 2002 (Ley No. 76-02), aunque ya era usado por los abogados de manera cotidiana. Entre las medidas de coerción que dispone el C.P.P. están: la garantía económica (fianza), la presentación periódica por ante la autoridad que el juez disponga, la colocación de un dispositivo electrónico que permita saber donde se encuentra el imputado en todo tiempo, el arresto domiciliario, la obligación de someterse al cuidado de una persona o institución determinada que deberá rendir informes regulares al juez, la prohibición de salir del país o de una región específica y la prisión preventiva
Las medidas de coerción tienen por objeto asegurar que una persona imputada de la comisión de una infración legal esté disponible para el conocimiento del procedimiento judicial en su contra. Según nuestras leyes, la medida de coerción se aplica de manera excepcional. Esto quiere decir que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, tal como lo dice el C.P.P que agrega bajo cuales circunstancias procede la aplicación de una medida de coerción: cuando los elementos de prueba sean suficientes para presumir la culpabilidad del acusado, cuando exista peligro de fuga y cuando la infracción cometida conlleve una pena privativa de libertad. sin embargo en República Dominicana no ocurre de ese modo, las medidas de coerción prácticamente se aplican a discreción del juez y a solicitud del Ministerio Público, aún cuando no hay peligro de fuga o aún en casos en que estos tres elementos no están presentes al mismo tiempo.
En ocasiones puede verse en la televisión a los familiares de una víctima mostrar su inconformidad porque la medida de coerción aplicada fue prisión preventiva por tres meses cuando ellos querían que fuera por un año. Eso es debido a la ignorancia de las leyes, puesto que en los casos en que una persona es arrestada en el lugar de los hechos y todos los elementos de prueba indican que dicha persona realmente cometió la infracción, entonces conviene a los familiares y a la víctima que se conozca el caso lo antes posible para que el tribunal evacúe una sentencia definitiva en un breve espacio de tiempo y la pesadilla de estar involucrado en casos judiciales termine pronto. Por el contrario, cuando el caso presenta muchas lagunas y amerita una investigación más detallada y profunda, entonces sí es prudente que el juez ordene prisión preventiva por seis meses o un año, de ese modo el Ministerio Público podrá cumplir su trabajo a cabalidad y con el tiempo suficiente.
Cualquier duda o pregunta pueden formularla por este medio o escribiendo al correo electrónico: idlsantodomingo@hotmail.com. Con gusto aclararemos sus interrogantes.